El pasado 31 de julio de 2024, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, anunció un importante acuerdo en el ámbito de la jubilación, alcanzado en el marco de la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones.
Este pacto es el cuarto que se logra durante el mandato del Gobierno de coalición y se considera un paso significativo en la modernización y flexibilización del sistema de pensiones español. En este proceso participaron no solo el Gobierno, sino también las principales organizaciones empresariales y sindicales del país: la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT).
El objetivo central del acuerdo es adaptar el sistema de pensiones a las nuevas realidades laborales, permitiendo que los trabajadores tengan más opciones y mayor flexibilidad a la hora de afrontar la transición del empleo a la jubilación. Además, se busca implicar a las mutuas y sus recursos en el tratamiento de incapacidades temporales y establecer medidas especiales para trabajadores en empleos particularmente penosos o peligrosos.
Principales novedades del acuerdo
Flexibilización de la jubilación parcial y activa
Uno de los aspectos más destacados de este nuevo acuerdo es la jubilación activa y la jubilación parcial, dos modalidades que hasta ahora contaban con ciertas restricciones que se ven flexibilizadas para hacerlas más accesibles y atractivas a los trabajadores.
En el caso de la jubilación activa, el principal cambio radica en la eliminación del requisito de tener una carrera de cotización completa para acceder a ella. Esta modificación es especialmente importante desde la perspectiva de género, ya que muchas mujeres, debido a interrupciones en su vida laboral por cuidados familiares o por haber trabajado en empleos precarios, no lograban cumplir este requisito. Con este cambio, más personas podrán compatibilizar el cobro de una pensión con la realización de una actividad laboral remunerada.
Otro elemento clave en la jubilación activa es la posibilidad de compatibilizarla con los incentivos por demora. Es decir, aquellos que opten por retrasar su retiro más allá de la edad legal de jubilación podrán seguir acumulando un porcentaje adicional en su pensión por cada año de retraso. Este porcentaje irá en aumento dependiendo del tiempo que se demore la jubilación, incentivando así a que las personas que lo deseen puedan prolongar su vida laboral.
Respecto a la jubilación parcial, se introduce una ampliación en los años de anticipo, pasando de 2 a 3 años. Este cambio permitirá que los trabajadores puedan acceder antes a esta modalidad de retiro, aunque con limitaciones en cuanto a la reducción de jornada laboral. Asimismo, el acuerdo introduce mejoras para los llamados trabajadores relevistas, que son aquellos que sustituyen a los empleados que se jubilan parcialmente. A partir de ahora, estos relevistas deberán ser contratados de forma indefinida y a tiempo completo, y ocupar un puesto no amortizable, lo que supone una mejora significativa en sus condiciones laborales.
También se ha decidido prorrogar hasta 2029 la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera, una medida que incluye ajustes para mejorar las condiciones tanto de los relevistas como de las empresas en la organización de la jornada de trabajo.
Mejoras en la jubilación demorada
El acuerdo también introduce mejoras en la jubilación demorada, es decir, para aquellos trabajadores que deciden seguir en activo más allá de la edad legal de jubilación. La principal novedad es que, a partir del segundo año de demora, podrán recibir un incentivo adicional por cada seis meses de trabajo extra, en lugar de tener que esperar doce meses para percibir este beneficio. Esto significa que los trabajadores que posterguen su retiro obtendrán un incremento más frecuente en su pensión, incentivando de manera más efectiva la prolongación de la vida laboral.
Colaboración de las mutuas en la incapacidad temporal
En cuanto a la incapacidad temporal (IT), el acuerdo prevé una mayor implicación de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social en los procesos de tratamiento y diagnóstico. Específicamente, se ha decidido que las mutuas puedan colaborar en la realización de pruebas diagnósticas y tratamientos para patologías de origen traumatológico, en coordinación con los servicios públicos de salud. Esto no solo permitirá una atención más rápida y especializada, sino que también ayudará a descongestionar el sistema público de salud, reduciendo las listas de espera y mejorando la calidad de atención a los trabajadores que sufren incapacidades temporales.
Cabe destacar que esta colaboración de las mutuas estará sujeta a la voluntariedad y al consentimiento de los ciudadanos, garantizando así que los trabajadores puedan decidir si quieren recibir atención a través de estos mecanismos.
Coeficientes reductores de la edad de jubilación
El acuerdo también introduce un procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación en ocupaciones que sean especialmente penosas o peligrosas. Estos coeficientes permitirán que los trabajadores de ciertos sectores puedan anticipar su edad de jubilación en función de las características de su empleo.
Los factores que se tendrán en cuenta para aplicar estos coeficientes serán, entre otros, la incidencia de bajas médicas, la duración de los procesos de incapacidad y el número de fallecimientos asociados a la actividad laboral. Esta medida es clave para proteger a aquellos trabajadores cuyas condiciones laborales afectan negativamente a su salud y bienestar a lo largo de los años.
Mejoras para trabajadores fijos discontinuos
Por último, el acuerdo incluye una medida que beneficia a los trabajadores fijos discontinuos, un colectivo que a menudo ha encontrado dificultades para acceder a la jubilación. Con el nuevo pacto, se recupera el coeficiente multiplicador de 1,5, que se aplicaba en el cálculo del periodo de carencia necesario para acceder a la pensión de jubilación, así como a la pensión por incapacidad permanente o muerte y supervivencia.
Un paso más en la reforma del sistema de pensiones
Este acuerdo es parte de un proceso más amplio de reformas que comenzó en 2021, con el objetivo de acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal y proporcionar más opciones a los trabajadores en su tránsito hacia el retiro.
Las medidas anunciadas buscan ofrecer un sistema de pensiones más flexible y adaptado a las realidades del mercado laboral actual, permitiendo una salida progresiva del mercado laboral y asegurando mejores condiciones para todos los trabajadores, incluidos aquellos en empleos más vulnerables o con mayores cargas físicas.